Realizar un préstamo personal de un socio a la empresa puede ser una opción interesante para ambas partes.
Por un lado, la sociedad puede obtener financiación para desarrollar sus proyectos. Por otro lado, el socio puede obtener rentabilidad de su inversión. Sin embargo, es importante tener en cuenta varios aspectos legales y fiscales para llevar a cabo este tipo de operaciones de manera correcta y evitar problemas en el futuro.
Sigue leyendo y en menos de cinco minutos te explicamos todos los aspectos que debes tener en cuenta, los principales impuestos y alguna posible alternativa.
Préstamo personal a una Sociedad Limitada: principales motivos
Las razones para realizar este tipo de operación son muy diversas. Estas son algunas de las más comunes:
- Financiamiento: para poder escalar el negocio, comenzar nuevos proyectos, etc.
- Necesidades inmediatas: la entidad quizás no pase por su mejor momento y sea necesario obtener dinero para cubrir ciertos gastos.
- Confianza: esto es más común en nuevas empresas. Uno de los socios quiere demostrar su apuesta por el proyecto e involucrarse más.
- Obtener un retorno: al fin y al cabo, un préstamo puede entenderse como una inversión. Es una manera de generar un retorno financiero a través de los intereses acordados.
¿Cómo tributan los préstamos a socios?
Los préstamos entre socios y empresa, o viceversa, son comunes en el mundo de los negocios. Se enmarcan dentro de lo que llamamos operaciones vinculadas.
A efectos fiscales el préstamo debe valorarse a valor de mercado o, como mínimo, aplicar el interés legal del dinero (en 2023 la cifra es 3,25 %). Lo más recomendable para evitar problemas con la Agencia Tributaria es la primera opción.
Si el prestamista es una persona física la constitución del préstamo estará sujeto pero exento del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales. Si el prestamista es una sociedad el préstamo estará sujeto pero exento del IVA.
En cualquiera de los casos, deberán pagar el 19 % sobre los intereses generados por el préstamo, aunque esta retención puede variar en función de la situación particular de cada socio. Esto tendrá que ser presentado mediante el modelo 123.
Es importante señalar que la tributación de los préstamos a socios puede ser más favorable que la de otros productos financieros, como los depósitos bancarios.
También deberá presentarse el modelo 232 si se cumple alguna de estas circunstancias:
- Utilizando el mismo método de valoración, el préstamo equivalga al 50 % de la cifra de negocio de la sociedad.
- Que supere los 100.000 euros de límite para operaciones específicas.
- Que supere los 250.000 euros de límite para operaciones efectuadas con la misma persona o entidad.
¿Cómo hacer un préstamo a una sociedad?
Los pasos a seguir en caso de préstamos son los siguientes:
- Definir las condiciones: acordar entre ambas partes el importe del préstamo, el plazo, el tipo de interés, las garantías y las condiciones de amortización.
- Documentar la operación: formalizar la operación mediante un contrato en el que se recojan todas las cláusulas acordadas.
- Ingresar el dinero: el socio deberá ingresar el dinero acordado en la cuenta bancaria de la sociedad.
- Realizar el seguimiento: hacer un seguimiento de la evolución de la sociedad para asegurarse de que la operación está siendo rentable y para prevenir problemas en caso de impago.
Además, el préstamo deberá incluir obligatoriamente una serie de datos:
- Identificación del prestatario.
- Identificación del prestamista.
- Importe total.
- Tipo de interés devengado.
- Fecha de formalización y vencimiento.
- Plazos y formas.
Cuando la empresa le presta al socio: otro caso común
El préstamo se considera una operación entre particulares, por lo que la tributación dependerá de las características de la operación, como el plazo, el tipo de interés o las garantías ofrecidas.
De la misma manera habrá que formalizarlo mediante contrato. Aquí las tornas cambian. La sociedad deberá incluir el préstamo como gasto y el socio como ingreso en su declaración de la renta.
¿Qué es un crédito participativo?
El crédito participativo es un tipo de préstamo que se caracteriza por contar con una serie de particularidades que lo diferencian de otros productos financieros.
En ellos el prestamista no se limita a obtener la remuneración habitual mediante intereses, sino que también obtiene ingresos en base a los beneficios obtenidos por el prestatario.
Estas son sus características más relevantes:
- Pueden acordar una cláusula de penalización en caso de amortización anticipada.
- Los préstamos participativos se sitúan detrás de los acreedores comunes.
- La persona física o jurídica prestamista percibe un interés variable en función de la evolución de la sociedad prestataria. Pueden basarse en diferentes criterios (beneficio neto, patrimonio, volumen de negocio, etc.).
- Se consideran patrimonio neto en lo correspondiente a reducción de capital y liquidación de sociedades.
Su principal desventaja para las empresas que opten por este tipo de financiación es que perderán parte de los beneficios y que, en algunos casos, el prestamista puede exigir cierta capacidad en la toma de decisiones.
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